Esta reforma a la Constitución federal busca suspender derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público a agresores sexuales y deudores alimentarios.
Chetumal, Quintana Roo. – Con el propósito de garantizar la idoneidad de las personas que aspiran a acceder a cargos públicos, la XVII Legislatura del Estado de Quintana Roo aprobó por unanimidad la minuta de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público a quien tenga una sentencia firme por agresión sexual o sea deudor alimentario.
En la sesión ordinaria número 25, presidida por la diputada Mildred Ávila Vera, se aprobó el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual se busca suspender los derechos o prerrogativas de aquellas personas que tengan una sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.
También se les suspenderán sus derechos a quienes tengan una sentencia firme por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En la misma sesión se aprobó también la minuta de reforma constitucional a los artículos 55 y 91 de la Constitución federal, que permite modificar la edad para ser diputado que pasa de 21 a 18 años de edad, así como la edad mínima para ser secretario o secretaria de Estado que pasa de 30 a 25 años.
Asimismo, se avaló el dictamen que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal en materia de tala ilegal, con el fin de incrementar las penas y sanciones para quienes cometan este delito ambiental.
Además, se dio luz verde al dictamen que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para establecer que las dependencias y entidades del sector público federal deberán implementar sistemas de manejo ambiental en sus instalaciones y actividades.
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